Ni es tan nueva, ni hay tanta segunda oportunidad en la ley. Pero sigue siendo la única opción para cancelar sus deudas.
Decimos que no es tan nueva porque es una especie de refrito de la vieja, sin aportar grandes novedades, ni mejorar gran cosa el procedimiento, pese a la experiencia que ya hay sobre la materia. Y tampoco hay tanta segunda oportunidad toda vez que se mantienen las deudas de derecho público. Es decir los políticos mantienen su status en todo caso, aunque sea a costa de que la gente no tenga ni para comer. Se puede dejar sin pagar a cualquiera, pero no a los políticos. En fin, este fin de semana repartían los nuevos iphone en el congreso, a propuesta socialista, claro, en medio de una crisis considerable, y con el paro, el ipc y los suministros desarbolando a los ciudadanos. En fin, la nueva satrapía a la que nadie puede poner freno se cobra sus prebendas.
Por ejemplo, la llamada exoneración con plan de pagos sin liquidación no es propiamente lo que parece, sino que más bien es un refrito raro, como decíamos, esta vez del acuerdo extrajudicial de pagos, mucho más limitado para el deudor que el que tenemos actualmente.
A lo que la exoneración con plan de pagos sin liquidación parece obligar es a que el deudor liquide todos sus bienes, y su patrimonio, a excepción de la vivienda habitual y lo imprescindible para el mantenimiento de su actividad empresarial o profesional, y que se dedique a abonar el plan de pagos, mientras esté vigente, con un salario que como mucho, normalmente, no podrá ser superior al salario mínimo. Es decir, dígale a una familia con un par de hijos que vivan con mil euros, tal y como están los gastos.
Hemo preparado en el despacho un sencillo borrador, porque estamos especialmente dedicados este año a la segunda oportunidad, dados los problemas económicos y financieros de muchos clientes.
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