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Comunicación de sanción

Qué hacer ante la comunicación de un expediente o de una posible sanción

Un despido en realidad es una sanción. Es la máxima sanción que se puede imponer, aparte de reclamaciones por daños, etc.

Por ello, antes de despedir a un trabajador se le debe comunicar que ha cometido una posible falta, y darle un plazo, normalmente dos o tres días, para hacer alegaciones en su descargo.

Si le han comunicado que ha cometido unas posibles faltas debe actuar, y asesorarse antes de contestar. En nuestra experiencia, cuando se notifica la infracción, en la mayor parte de los casos la empresa ya ha decidido la sanción que le van a imponer, y en su caso, incluso el despido.

El escrito de alegaciones

En el escrito de alegaciones a nuestro juicio deben tenerse en cuenta dos cosas, en primer lugar, como hemos dicho antes, puede ser una posibilidad de que la empresa vea las cosas de otro modo, y se evite una sanción grave o un despido que a lo mejor ya ha pensado la empresa.

En segundo lugar, si esa decisión ya está tomada, lo que hay que hacer es hacer el escrito pensando ya en el juicio de despido que vendrá después.

Es decir, habrá que redactarlo pensando ya en buscar que se califique ese despido como nulo o improcedente.

En todo caso es importante que contacte con un abogado especialista en despidos, ya desde el principio, porque como decimos las posibilidades de que ese escrito determine el juicio son muy altas.

El trabajador de buena fe puede hacer un escrito en el que se inculpe, implícitamente, o reconozca hechos que a lo mejor la empresa en realidad no podía probar, o ni siquiera estaba segura de lo que había pasado. Por ello es importante ver el escrito que le comunican la infracción, analizarlo con un Abogado laboralista y redactarlo según una buena preparación y estudio conjunto de la situación y los detalles.