¿Cuando se extingue la pensión de alimentos entre progenitores y sus descendientes?:
Una de las preguntas habituales en materia de alimentos y de familia.
1.- Por la muerte de los descendientes alimentados o de la persona obligada a prestarlos.
2.- Por la reducción de las rentas y patrimonio de las personas obligadas de forma que hagan imposible el cumplimiento de la obligación de alimentos sin desatender las necesidades propias. (Deberá evaluarse de forma muy cauta y siempre se apreciará una pensión mínima para el alimentado)
3.- La mejora en las condiciones de vida del alimentado de forma que haga innecesaria la pensión de alimentos.
4.- Cuando la necesidad de la pensión de alimentos por parte del descendiente provenga de una mala conducta o falta de aplicación al trabajo, mientras subsista esta causa.
Para valorar de forma adecuada la pensión de alimentos que está obligado a satisfacer o a percibir en el ámbito de un procedimiento de divorcio, ruptura pareja de hecho o modificación de medidas previas, deberá ponerse en contacto con un abogado especializado en la materia el cual le guiará y asesorará al respecto y le facilitará cuanta información judicial precise a los efectos de tomar una decisión adecuada y fundamentada.
Puede obtener más información detallada en la normativa española y en nuestra propia web.