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Cómo conseguir la segunda oportunidad

Numerosas consultas con plantean en el despacho sobre cómo conseguir o cómo funciona el mecanismo de la segunda oportunidad.

Ley Concursal es la que regula el procedimiento para que las personas físicas, que incluye también autónomos, puedan ser declaradas en concurso de acreedores, consiguiendo quitarse las deudas y embargos que tengan, a excepción de los créditos de derecho público, principalmente suelen ser Hacienda y seguridad social.

El procedimiento es aconsejable comenzarlo con lo que se llama un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores, que es una mediación previa a la vía judicial. Aunque ahora ya no es necesario.

Antes si que era obligatorio iniciar un procedimiento para alcanzar el acuerdo extrajudicial de pagos, o bien ante un notario o registrador mercantil o bien a través de cualquier Cámara Oficial de Comercio. Ahora como decimos ello ya no es necesario, pero sí que resulta del todo aconsejable si el deudor tiene bienes que quiere mantener (su casa por ejemplo).

En este caso, si aceptan los acreedores se designará un mediador, que será normalmente a su vez administrador concursal después, en el caso de que se llegue a judicializar.

En caso de que no posea bienes relevantes, o estén hipotecados, o las deudas superen con mucho su valor, podemos ir directamente a la vía judicial, pero no sin antes asesorarse bien de los detalles.

Hay una serie de documentación que debes aportar, que te requeriremos con detalle. Te dejamos información de los requisitos y procedimiento de segunda oportunidad, en este enlace a la web de legem – segunda oportunidad.

Si necesita más información sobre la segunda oportunidad o asesoramiento para quitar las deudas no dude en ponerse en contacto con nosotros.